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CONVENCIÓN
SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN
DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES |
La
Convención de la UNESCO para la protección y la promoción de la
diversidad de las expresiones culturales entró en vigor el 18 de marzo
de 2007. Hoy en día, cuenta con 93 ratificaciones de los estados
miembros de la UNESCO.
Objetivos de la Convención
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Reconocer la naturaleza específica de los bienes y servicios culturales en tanto portadores de identidad, de valores y sentido.
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Reafirmar
el derecho soberano de los Estados para elaborar políticas
culturales, asegurando la libre circulación de ideas y obras.
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Redefinir las nuevas modalidades de cooperación internacional, clave de acceso de la Convención.
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Crear
las condiciones que permitan a las culturas expandirse e interactuar
libremente de manera que puedan enriquecerse mutuamente.
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Acordar un papel mayor de la sociedad civil en la puesta en marcha de la Convención.
Obligaciones de los Estados
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Por
un lado, esforzarse en favorecer y promover la creación, producción,
difusión y distribución de las expresiones culturales, y por otro,
garantizar el acceso para sus ciudadanos a las diversas expresiones
culturales de su territorio así como a las de otros países del mundo.
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Reconocer
el papel fundamental de la sociedad civil al fomentar una participación
activa de ésta en los esfuerzos de las Partes por alcanzar los
objetivos de la Convención (artículo 11.)
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Respectar
sus compromisos y actuar con coherencia en el marco de nuevos tratados
de libre-comercio. (Arículo 20 y 21)
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Supervisar
la distribución de información y la transparencia al proveer de
reportes a la UNESCO, con información apropiada sobre las medidas
tomadas en vistas a proteger y promover la diversidad de las
expresiones culturales.
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Favorecer
la comprensión del público sobre la importancia de la diversidad de las
expresiones culturales ante el sesgo de programas de educación y de
sensibilización.
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Integrar
la cultura al desarrollo sustentable y reforzar la cooperación
internacional en favor de los países en vías de desarrollo a través de
varios medios, por ejemplo : el refuerzo de sus industrias culturales,
el refuerzo de sus capacidades en la elaboración y puesta en marcha de
políticas culturales, la transferencia de tecnologías, el apoyo
financiero, y el tratamiento preferencial de sus artistas y otros
profesionales de la cultura así como de sus bienes y servicios
culturales.
Las
Partes de la Convención respectan esos derechos y deberes con
potenciación mutual, con complementariedad y no subordinación a otros
instrumentos internacionales.
Los órganos de seguimiento de la Convención
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La
Conferencia de las Partes es el órgano soberano y pleno de la
Convención. Los estados tienen que reunirse cada dos años. En junio
2007, la Conferencia de las Partes tuvó lugar por primera vez en París
después de la entrada en vigor de la Convención el 18 de marzo de 2007.
Durante la Conferencia, fue designado el Comité Intergubernamental de
la Convención compuesto de 24 delegados. La próxima Conferencia tendrá
lugar en marzo de 2009.
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El
Comité Intergubernamental está a cargo de promover los objetivos de la
Convención así como de fomentar y asegurar el seguimiento de su puesta
en marcha con un espíritu de transparencia y de vigilancia. En
diciembre de 2007, el Comité se reunió por primera vez a Ottawa y dió
el pistoletazo de salida a la implementación de la Convención. Cuatro
reuniones se sucedieron permitiendo al Comité trabajar sobre dos de los
objetivos mayores de la Convención, es decir la cooperación
internacional en favor de los países en desarrollo y la implicación de
la Sociedad Civil en la implementación de la Convención.
La
Convención para la protección y la promoción de la diversidad de las
expresiones culturales está oficialemente en marcha. Es de nuestra
incumbencia de hacerla verdaderamente vivir y existir.
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